accord libre échange

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

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 ¿Qué son los tratados de libre comercio?

1-    Acuerdo de asociación entre Argelia y la Unión Europea

https://www.douane.gov.dz/spip.php?article143

Un tratado de libre comercio (TLC) es unTratado firmado entre dos o más países para facilitar el comercio y eliminar barreras al comercio..

La Aduana se ocupa principalmente de la aplicación del título 2 del acuerdo. Este título se refiere a la libre circulación de mercancías.

Acciones tomadas por la aduana:

  • Preferencias de precios
  • Reglas de origen?

Preferencias arancelarias

Es sobre :

  • productos industriales,
  • Productos agrícolas,
  • productos pesqueros,
  • y productos agrícolas procesados.
Ventajas concedidas a los productos originarios de Argelia
Ventajas concedidas a los productos originarios de la Comunidad

Ventajas concedidas a los productos originarios de Argelia:

Productos industriales comprendidos en el Capítulo 25 al Capítulo 97:

Exención total de derechos de aduana Nota: determinados productos agroindustriales originarios de Argelia exportados a la Unión Europea siguen sujetos a un derecho reducido.

Productos agrícolas cubiertos por el Protocolo 1:

  • Reducciones arancelarias que van del 40 al 100% de los derechos de aduana y derechos e impuestos?de efecto equivalente;
  • Los derechos de las aduanas.?a las importaciones se eliminan o reducen según el producto. La eliminación se realiza de acuerdo con las proporciones indicadas para cada uno de ellos en la columna a; Para determinados productos, los derechos de aduana se eliminan dentro de los límites de los contingentes arancelarios.
    ?indicado para cada uno de ellos en la columna b.
Productos pesqueros cubiertos por el Protocolo 3:

Exención total de derechos aduaneros.

Productos agrícolas transformados: enumerados en el Protocolo N° 5 Anexo I
  • Exención total de derechos de aduana para los productos incluidos en la lista 1.
  • Exención de derechos de aduana dentro del límite de un contingente arancelario para determinados productos enumerados en la lista 2. Exención de derechos de aduana que tengan un elemento más o menos agrícola para los productos enumerados en la lista 3.
Ventajas otorgadas a los productos originarios de la comunidad:

Productos industriales:

Exención totalde derechos de aduana y de derechos e impuestos de efecto equivalente a partir del 1 de septiembre de 2005. Estos productos también están exentos de toda restricción cuantitativa o medida de efecto equivalente. La exención se refiere a los productos enumerados en el anexo 2. Desmantelamiento progresivo de derechos de aduana y de derechos e impuestos de efecto equivalente teniendo efecto equivalente para los productos comprendidos en el Anexo 03, hasta su total eliminación después de 05 años, a partir del segundo año de entrada en vigor del acuerdo.

La eliminación se realiza según el siguiente cronograma:

  • Dos años después de la entrada en vigor del acuerdo: reducción del 20% de los derechos aduaneros básicos;
  • tres años después de la entrada en vigor del acuerdo: reducción del 30% de los derechos aduaneros básicos;
  • cuatro años después de la entrada en vigor del acuerdo: reducción del 40% de los derechos aduaneros básicos;
  • cinco años después de la entrada en vigor del acuerdo: una reducción del 60% de los derechos aduaneros básicos;
  • seis años después de la entrada en vigor del acuerdo: una reducción del 80% de los derechos aduaneros básicos;
  • Siete años después de la entrada en vigor del acuerdo: se eliminan los derechos restantes.

Desmantelamiento progresivo de los derechos aduaneros y de los derechos e impuestos de efecto equivalente para productos distintos de los enumerados en los Anexos 02 y 03, hasta su total eliminación al cabo de 10 años, a partir del segundo año de la entrada en vigor del acuerdo.

La eliminación se realiza según el siguiente cronograma:

  • Una reducción progresiva del 10% cada año aplicable sobre los derechos aduaneros básicos desde el segundo año hasta el décimo año después de la entrada en vigor del acuerdo;
  • once años después de la entrada en vigor del acuerdo: una reducción del 5% sobre los derechos aduaneros básicos restantes;
  • doce años después de la entrada en vigor del acuerdo: se eliminan los derechos restantes.

NÓTESE BIEN- La fecha de entrada en vigor del acuerdo de asociación entre Argelia y la UE es el 1 de septiembre de 2005. – Los derechos de aduana básicos son los tipos aplicados el 1 de enero de 2002.

Productos agrícolas :

Reducción arancelaria que oscila entre el 20 y el 100 por ciento de los derechos de aduana y de los derechos e impuestos de efecto equivalente dentro del límite de los contingentes arancelarios prefijados para los productos comprendidos en el Protocolo 2.

Productos de pesca:

Reducciones arancelarias que oscilan entre el 25 y el 100% de los derechos de aduana y derechos e impuestos de efecto equivalente para los productos comprendidos en el Protocolo 04.

Productos agrícolas transformados:

Concesiones inmediatas:
Reducciones que oscilan entre el 20 y el 100% de los derechos de aduana y de los derechos e impuestos de efecto equivalente para los productos enumerados en la lista 1 del Protocolo 5, Anexo 2. Se prevé una limitación de los contingentes para determinados productos. Concesiones diferidas: Los productos enumerados en la lista 2 del El protocolo 5 anexo 2 estará sujeto a un examen de las posibilidades de liberalización a partir del quinto año de la entrada en vigor del acuerdo.

Ficha informativa sobre el acuerdo de la UE

Base legal:

Fecha de firma: 22/04/2002 en Valencia (España). Fecha de aplicación: 09/01/2005 Ratificado por: Decreto Presidencial N° 05/159 del 27/04/2005.

Circular de solicitud:Circular No. 55/DGD/CAB/D100 del 15/07/2005.

Partes contractuales:Argelia y la Unión Europea.

La República de Alemania La República de Malta
La República de Austria La República de Polonia
El Reino de Bélgica La República de Eslovaquia
Bulgaria El Reino de Eslovenia
La República de Chipre La República de Estonia
El Reino de Dinamarca La República Italiana
El Reino de España La República Portuguesa
La República de Finlandia Suecia
La República Francesa República Checa
Grecia Rumania
La República de Hungría Gran Duque de Luxemburgo
Irlanda La República de Litonia
El Reino de los Países Bajos La República de Lituania
Croacia  

Campo de aplicación :

Se aplican las disposiciones del acuerdo:

  • productos industriales originarios de la UE importados en Argelia;
  • a determinados productos agrícolas transformados originarios de la UE importados en Argelia;
  • a determinados productos agrícolas originarios de la UE importados en Argelia;
  • productos industriales originarios de Argelia exportados a la UE;
  • a determinados productos agrícolas y pesqueros originarios de Argelia exportados a la UE;
  • a determinados productos agrícolas transformados originarios de Argelia exportados a la UE.

Condiciones para otorgar preferencias:

Carácter original del producto:
Los productos deben ser originarios de Argelia o de la Unión Europea según las normas indicadas anteriormente.

Condiciones territoriales:

Principio de territorialidad:
Salvo en los casos de acumulación, las condiciones para adquirir el origen deben cumplirse ininterrumpidamente en Argelia o en la Comunidad Europea.

En casos particulares se prevén exenciones (enlace al título III, artículo 13 del protocolo nº 6 del acuerdo) que prevén una flexibilización del principio de territorialidad.

Transporte directo
El régimen preferencial previsto en el acuerdo se aplica únicamente a productos y materiales:

  • transportado directamente entre los territorios de Argelia y los países de la comunidad;
  • o utilizando los territorios de otros países con los que sea aplicable la acumulación.

El tránsito por terceros países con posible transbordo o almacenamiento no altera el origen, si se respetan las condiciones establecidas en el art 14 del protocolo de tráfico 6.

*La prohibición de descuentos o exenciones de derechos aduaneros: regla de “no drawback”?»

Materiales no originarios:

  • implementado en la fabricación de productos originarios de la comunidad, Argelia o uno de los otros países
  • a que se refieren los artículos 4 y 5 del Protocolo n.° 6 (Marruecos y Túnez),
  • y para el cual se emite o establece prueba de origen.

no se benefician ni en la Comunidad ni en Argelia de un descuento o de una exención de derechos de aduana de cualquier forma.

Para saber más :
Consultar el convenio completo Circular N° 55/DGD/CAB/D100 del 15/07/2005.

2-    Gran Zona Árabe de Libre Comercio

https://www.douane.gov.dz/spip.php?article151

La Gran Zona Árabe de Libre Comercio (GZALE)

Convenio para la facilitación y el desarrollo del comercio entre los Estados árabes.

  • Fecha de firma: 27/02/1981, en Túnez.
  • Fecha de solicitud: 01/01/2009.

Partes contractuales:

Argelia Bahréin
Egipto Kuwait
Jordán Omán
Túnez Yemen
Marruecos Sudán
Mauritania Palestina
Emiratos Árabes Unidos Irak
Arabia Saudita Siria
Katar Líbano
Libia  

Yibuti, Somalia y las Islas Comoras no se ven afectados por la gran zona de libre comercio?(GZALE). Estos estados aún no se han unido a esta zona.

Mauritania también quedó excluida durante la 83ª sesión del consejo económico y social de la Liga Árabe, celebrada en febrero de 2009.

¿Qué prevé el acuerdo?

Este convenio y su programa ejecutivo prevén el establecimiento de una zona árabe de libre comercio entre las partes contratantes. Su objetivo es relanzar el proceso de integración económica árabe.

Se aplican las disposiciones del citado convenio y su programa ejecutivo:

  • A los productos originarios de esta zona que puedan intercambiarse en régimen arancelario preferencial entre Argelia y los Estados árabes.
  • con excepción de: una lista de productos excluidos de ventajas fiscales

Régimen arancelario preferencial aplicable a productos originarios comercializados entre países árabes:

Productos originarios de los Estados árabes, no excluidos de la zona de libre comercio árabe, ya sean importados a Argelia o exportados desde Argelia a un país árabe:

Benefíciese de la exención total de derechos de aduana y derechos e impuestos?de efecto equivalente.

NB: La exención sólo afecta a los derechos de aduana.

Reglas de origen?aplicable en el marco de la Gran Zona Árabe de Libre Comercio:

Para evitar prácticas fraudulentas y preservar los intereses del erario público, la determinación y controles del origen de las mercancías son fundamentales:

Todos los bienes importados o exportados en el marco de la Gran Zona Árabe de Libre Comercio (GZALE) deben cumplir con el principio de las reglas anunciadas en el artículo 09 de la convención.

Estas normas se rigen por las decisiones del consejo económico y social responsable de implementar el programa ejecutivo.

El carácter originario de estas mercancías debe justificarse mediante un certificado de origen. Las mercancías también deben transportarse directamente entre los Estados árabes.

Las disposiciones generales y reglas de origen detalladas para los productos de los capítulos y posiciones arancelarias son adoptadas por el consejo. Estas disposiciones las decide definitivamente el comité técnico de las normas de origen de la Liga Árabe.

Los productos que pueden adquirir el carácter de original son:

  • Productos totalmente obtenidos
  • Productos no enteramente obtenidos o transformados
  • Productos que cumplen las normas de acumulación de origen

Para beneficiarse de las ventajas preferenciales otorgadas al importar un producto de un país árabe que sea miembro de GZALE, se debe presentar un certificado de origen que justifique el carácter originario de un producto en el momento del despacho de aduana.

¿Cuándo no se requiere el certificado de origen?

Los envíos pequeños, carentes de carácter comercial, están exentos de la presentación del certificado. Estos pequeños envíos deben estar dirigidos a particulares o contenidos en el equipaje de los viajeros. Su equivalente en dinares argelinos no supera:

  • 500 dólares EE.UU., para envíos pequeños;
  • US$ 1.200 para equipaje personal de los viajeros.

¿Dónde obtener el certificado de origen árabe?

El certificado de origen es emitido por las autoridades competentes del país de exportación previa solicitud escrita establecida por:

  • el exportador;
  • O bajo su responsabilidad, por su representante autorizado.

Y ello, en el momento de la exportación de los bienes a que se refiere.

El certificado de origen deberá redactarse en árabe. Es posible que el servicio de aduanas necesite una traducción. En Argelia, el certificado de origen lo expide el
la Cámara de Comercio e Industria de Argelia.Una vez expedido, el certificado deberá ser visado por los servicios aduaneros de la aduana desde la que se realiza la exportación.

NB: La prueba de origen tiene una vigencia de seis (06) meses a partir de la fecha de emisión del certificado. Nuevo: Lista de subpartidas arancelarias de productos excluidos de las ventajas previstas en la GZALE.

Zonas de libre comercio
  • Área de Libre Comercio Continental Africana (ZLECAF)

Convencida de la importancia de la complementariedad económica africana, Argelia firmó el 21 de marzo de 2018, en Kigali (Ruanda), el acuerdo que prevé la creación de la ZLECAF así como los tres protocolos de Acuerdo relativos al comercio de mercancías y al comercio de servicios. y el relativo a la solución de controversias e inició formalmente el procedimiento para la ratificación del Acuerdo ZLECAF el 28.02.2020. El 29 de diciembre de 2020 promulgó la ley que aprueba el Acuerdo por el que se establece la Zona de Libre Comercio Continental Africana.

 

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